El gobierno municipal reglamentó en las últimas horas la nueva tasa para el mantenimiento de la red vial y a partir del lunes 5 de febrero los combustibles en Mar del Plata aumentarán un 1,8%. Todo lo recaudado por la nueva tasa se destinará al arreglo de las calles de General Pueyrredon.
Según figura en el decreto firmado por el intendente Guillermo Montenegro y el secretario de Legal, Técnica y Hacienda Mauro Martinelli, todas las estaciones de servicio tienen la obligación de convertirse en agentes de percepción de esta tasa.
El detalle de la normativa establece que cada vez que una persona carga combustible pagará el porcentaje especificado para la nueva tasa.
A su vez, fija que cada estación deberá realizar mes a mes una declaración jurada con las sumas percibidas y la transferencia del dinero a las arcas municipales. El plazo fijado para ambos trámites es hasta el 18 de cada mes (o el día hábil inmediato posterior).
En caso de incumplimiento, las empresas deberán pagar el monto adeudado y se les aplicará una multa del 100% del monto correspondiente al período adeudado.
Los motivos para sancionar a las empresas son tres:
Efectuar las percepciones en la forma y oportunidad que establece la reglamentación.
- El ingreso de las percepciones (total o parcialmente) en el plazo que fija la reglamentación.
- El ingreso de las percepciones mediante la falta de presentación de la declaración jurada mensual, o por ser inexactas las presentadas, en la forma y plazos que fija la reglamentación.
Quiénes están exceptuados del pago de la tasa vial
El decreto reglamentario publicado este lunes en el Boletín Oficial plantea también quiénes estarán exceptuados de pagar la nueva tasa de mantenimiento de la red vial en General Pueyrredon.
Una de las excepciones será el combustible líquido a granel. Se trata del realizado por las petroleras o empresas distribuidoras de combustibles líquidos directo a las estaciones de servicio habilitadas, para su posterior comercialización.
La segunda excepción es para el transporte público urbano de pasajeros de General Pueyrredon. En ese inciso aclara que no se contempla dentro de esta categoría a taxis, remises, transporte interjurisidiccional y de larga distancia.