miércoles 15 de mayo de 2024
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Prohíben fumar dentro de los balnearios privados de Mar del Plata

El gobierno municipal amplió el alcance de la ordenanza, que impide fumar dentro de espacios cerrados. Se espera que, gradualmente, esta norma llegue a las playas públicas de la ciudad.

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Balnearios de Mar del Plata.

A partir de este verano no se podrá fumar dentro de los balnearios privados de Mar del Plata. La municipalidad de General Pueyrredon puso en vigencia la Ordenanza Nº 20.104, que determina la prohibición de fumar tabaco en espacios cerrados, y ahora amplió su espectro a las playas concesionadas de Mar del Plata.

Esta política busca cambiar un hábito insalubre que comparten muchos marplatenses y turistas, como así también reducir la contaminación. La norma ya se había modificado en diciembre del año pasado. A través de la sanción de la Ordenanza Nº 25.845, se estableció que el gobierno municipal deberá elaborar un plan de acción para que su aplicación sea gradual y luego alcance «a todas las playas públicas del distrito».

Hasta el momento, esta prohibición regía en espacios cerrados con acceso público, como lugares de trabajo, salas de juegos, teatros, comercios, shoppings y cines. También se contemplaban los espacios públicos donde existan áreas de juegos para niños, circuitos aeróbicos o deportivos, según la Ordenanza Nº 20.104, sancionada en 2010.

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Se busca que esta prohibición llegue también a las playas públicas de Mar del Plata.

A esa nómina ahora se incorporará un tercer grupo: las Unidades Turísticas Fiscales administradas por el Estado municipal, concesiones de prestación de servicios turísticos otorgados por otras jurisdicciones (por ejemplo, el Complejo de Punta Mogotes) y balnearios del sector privado.

Por lo tanto, a partir de este verano las playas alcanzadas tendrán que disponer de espacios libres de humo de tabaco «debidamente señalizados» con el cartel de «Prohibido Fumar» y «espacios adecuados para fumadores», en los cuales deberá haber recipientes para arrojar las colillas de cigarrillos.

Esta ordenanza también prevé multas, aunque recién serán aplicables a partir del tercer año de vigencia, a fines de 2025.

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