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La Justicia declara inconstitucional varios puntos de la ordenanza que prohíbe la venta de pirotecnia

El juez en lo Contencioso Administrativo Marcelo Fernández declaró inconstitucional partes de la ordenanza que prohíbe la venta de pirotecnia. Qué alcance tiene el fallo.

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La justicia declaró inconstitucional varios puntos de la ordenanza que prohibió en General Pueyrredon la venta de pirotecnia, a partir de una demanda de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales.

La normativa se sancionó por decreto de la presidencia del Concejo Deliberante, que luego se amplió con la sanción de una ordenanza en 2020. El 23 de diciembre de ese año el intendente Guillermo Montenegro y el entonces secretario de Gobierno Santiago Bonifatti firmaron el decreto mediante el cual reglamentaron esta normativa que impidió la venta y depósito de elementos pirotécnicos.

Sin embargo, un fallo del juez en lo Contencioso Administrativo Marcelo Fernández resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda planteada por la cámara que nuclea a las empresas de pirotecnia y declaró inconstitucional varios puntos de la ordenanza y el decreto reglamentario.

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«Resultan inconstitucionales en cuanto prohíben la fabricación, tenencia, acopio, expendio y comercialización mayorista de pirotecnia y cohetería con efecto sonoro superior a los 85 decibles dentro del Partido de General Pueyrredón», señala la resolución del magistrado.

No obstante, remarca que «las normas citadas resultan constitucionales en cuanto prohíben la venta minorista, utilización y detonación de pirotecnia y cohetería de ese tipo e intensidad dentro del Partido de General Pueyrredon».

Fuentes de la cámara empresaria señalaron que pedirán detalles del alcance del fallo para determinar qué aspectos de la ordenanza municipal siguen vigentes y cuáles no.

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