sábado 27 de julio de 2024
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RESOLUCIÓN

Las compañías de seguros ya no ofrecerán los servicios de remolque y auxilio mecánico: a partir de cuándo

Así lo decidió la Superintendencia de Seguros de la Nación tras recibir “multiples quejas“ de los asegurados por los “altos costos y la mala calidad“ del servicio de grúa.

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La Superintendencia de Seguros de la Nación emitió una resolución, publicada en el Boletín Oficial, que impacta en el servicio de remolque que ofrecían las compañías aseguradoras a lo largo y ancho de la Argentina. A partir de este momento, las pólizas de seguros no podrán contener este servicio ni el de auxilio mecánico para los consumidores.

De esta manera, determinaron que sólo en caso de de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador.

Por otra parte, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, expresa el texto oficial publicado este viernes.

La Resolución SSN 217/2024, que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, otorga un plazo de 90 días para implementar este cambio. Además, una vez transcurrido este período, el cambio se aplicará a cada usuario al renovar su póliza.

La resolución

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